Art. Novena
Capítulo DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS

Art. Novena

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En vigor desde 1 ago 1943
Esta Ley deberá ser modificada en cuanto hace referencia a la intervención de los órganos políticos universitarios de Falange Española Tradicionalista y de las J.O.N.S., cuando por decisión del Mando Nacional del Movimiento se produzca una reforma en la estructura de los mismos.
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eli/es/l/1943/07/29/(1)#novena