Art. Artículo veinticinco

Art. Artículo veinticinco

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En vigor desde 24 jun 1950
Los preceptos de esta Ley no modifican los derechos ni las obligaciones del porteador derivados de cualquier Ley en vigor en el día de su promulgación, relativa a la limitación de la responsabilidad de los propietarios de buques destinados a la navegación marítima.
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eli/es/l/1949/12/22/(1)#articulo-veinticinco