Art. Artículo noventa
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO ISecc. Reglas especiales

Art. Artículo noventa

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En vigor desde 15 ago 1955
Cuando la hipoteca hubiere vencido en virtud de la causa séptima del artículo veintinueve de esta Ley, la transmisión del establecimiento mercantil comprenderá el derecho del arrendatario a volver al inmueble cuando fuere reedificado.
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eli/es/l/1954/12/16/(2)#articulo-noventa