Art. Artículo ochenta y tres
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Artículo ochenta y tres

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En vigor desde 17 abr 1955
La determinación de la indemnización que preceda abonar por la ocupación temporal de inmuebles por causa de excavaciones arqueológicas se verificará con arreglo a lo dispuesto en el capítulo séptimo de este título.
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eli/es/l/1954/12/16/(1)#articulo-ochenta-y-tres