Art. Disposición adicional vigesimoprimera
Título TÍTULO X

Art. Disposición adicional vigesimoprimera

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En vigor desde 8 ago 2023
En aquellas situaciones en las que el personal funcionario que haya desempeñado puestos como altos cargos, liberados sindicales u otras situaciones asimilables se reincorpore a su puesto de trabajo tras ausencias superiores a cuatro años, recibirá la formación y actualización necesaria de las funciones del puesto de trabajo o, al menos, se permitirá su autoformación, al menos durante tres meses, dependiendo de la complejidad de las funciones del puesto y del número de años de ausencia.
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