Art. 25
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 25

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En vigor desde 7 may 2023
La Consejería mantendrá permanentemente actualizada la información referida a todas aquellas parcelas agrarias que integren el Banco de Tierras, que estará a disposición de quienes lo soliciten, en la forma reglamentariamente establecida.
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