Art. Disposición adicional sexta
Título TÍTULO VII

Art. Disposición adicional sexta

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En vigor desde 12 ene 2023
El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, previa propuesta de la Consejería con competencias en materia económica y presupuestaria, cederá a la Agencia el ejercicio de los derechos políticos derivados de la titularidad de las acciones de la Sociedad de Garantía Recíproca del Principado de Asturias, SGR (Asturgar), así como de la Sociedad Regional de Promoción del Principado de Asturias, SA (SRP) y Sociedad de Promoción Exterior Principado de Asturias, SA (Asturex).
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