Art. 9
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 9

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En vigor desde 5 ene 2023
La Comisión de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria es el máximo órgano consultivo, deliberante y de participación en esta materia, que se adscribe a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de coordinación de Policías Locales.
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