Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 66
66 / 85En vigor desde 5 ene 2023
La extinción de la responsabilidad disciplinaria, la prescripción de las faltas y la prescripción de las sanciones se regulará conforme a lo previsto en la Legislación Orgánica en materia de régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.
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Proeli/es-cb/l/2022/12/27/9#art-66