Art. Disposición final primera
Título TÍTULO IV

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 19 dic 2022
Se autoriza al Gobierno de las Illes Balears para dictar las disposiciones necesarias para ejecutar y desarrollar esta ley, y en particular para adaptar el régimen jurídico y el funcionamiento de la CMAIB a las disposiciones previstas en esta ley.
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