Art. 95
Título TÍTULO X

Art. 95

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En vigor desde 12 ene 2023
1. El Comité para la Integridad de la Investigación en Cataluña (CIR-CAT) es el órgano colegiado que tiene la finalidad de asesorar a los agentes de ejecución y financiación de la investigación del sistema de investigación, desarrollo e innovación en la promoción y consolidación de buenas prácticas en el ámbito de la investigación, así como en el análisis y prevención de conflictos de integridad de la investigación. 2. El Comité para la Integridad de la Investigación en Cataluña se adscribe al departamento competente en materia de investigación y universidades, que le presta apoyo.
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eli/es-ct/l/2022/12/21/9#art-95