Art. 72
Título TÍTULO IVCapítulo TÍTULO V

Art. 72

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En vigor desde 12 ene 2023
1. Las empresas innovadoras son agentes impulsores del sistema de investigación, desarrollo e innovación en las estrategias públicas de competitividad y crecimiento económico, entre otras. 2. La Administración de la Generalitat debe impulsar la transferencia del conocimiento y la incorporación al sector empresarial de los resultados de la investigación y de las tecnologías y herramientas de innovación, mejorando los mecanismos de comercialización de tecnología de los agentes del sistema de investigación, desarrollo e innovación del sector público, estableciendo programas de valoración de los resultados de la investigación e impulsando la cultura emprendedora y la creación de empresas intensivas en investigación, desarrollo e innovación. 3. La Administración de la Generalitat, mediante el departamento competente en materia de industria y con la participación de los demás departamentos que desarrollan políticas en investigación e innovación, debe apoyar las actividades de investigación, desarrollo e innovación de las empresas y fomentar la cooperación público-privada en los distintos ámbitos de conocimiento.
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eli/es-ct/l/2022/12/21/9#art-72