Art. 29
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección tercera. Régimen económico y presupuestario en investigación, desarrollo e innovación de las universidades públicas

Art. 29

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En vigor desde 12 ene 2023
La elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos de las universidades públicas y demás actuaciones con afectación sobre gastos e ingresos, sin perjuicio de los compromisos plurianuales, deben efectuarse de acuerdo con los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera legalmente establecidos.
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eli/es-ct/l/2022/12/21/9#art-29