Art. 17
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 17

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En vigor desde 23 jul 2022
La planificación de las actividades de fomento de la economía social y solidaria previstas en esta ley tendrá especialmente en cuenta la existencia de programas europeos de colaboración y procurará la elaboración de programas específicos enmarcados en los distintos instrumentos comunitarios que favorezcan proyectos y empresas de economía social y solidaria.
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eli/es-ri/l/2022/07/20/9#art-17