Art. 85
Título TÍTULO VI

Art. 85

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En vigor desde 10 abr 2022
El Consejo de Gobierno, mediante decreto, procederá a la adecuación de las estructuras orgánicas en aquellos departamentos de la Administración general en que resulte conveniente, a fin de disponer de los medios personales necesarios para llevar a cabo los fines de la presente ley.
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