Art. 1
Título TÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 10 abr 2022
1. La presente ley tiene por objeto la protección, conservación, uso sostenible, restauración y mejora del patrimonio natural de Euskadi. 2. A efectos de esta ley se entenderá por patrimonio natural de Euskadi el conjunto de ecosistemas, especies, bienes, recursos y servicios de la naturaleza, fuente de biodiversidad y geodiversidad, que tienen un valor esencial desde el punto de vista medioambiental, paisajístico, científico o cultural, situados en los ámbitos terrestre y marítimo del suelo, subsuelo y vuelo del territorio de la Comunidad Autónoma.
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