Título TÍTULO VI
Art. Disposición final decimoprimera
112 / 117En vigor desde 18 mar 2021
Se añade una disposición adicional cuarta, que queda redactada como sigue:
«Disposición adicional cuarta. Junta Consultiva en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Se creará la Junta Consultiva en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, como órgano con funciones específicas de carácter consultivo en las referidas materias, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia. Su composición, organización y funcionamiento serán establecidos reglamentariamente, garantizando la representación de las administraciones públicas con competencias urbanísticas. La Comisión Superior de Urbanismo de Galicia, prevista en el artículo 9 de esta ley, pasará a integrarse en la Junta Consultiva en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, a partir de su creación. Hasta ese momento continuará en el desarrollo de sus funciones.»
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Proeli/es-ga/l/2021/02/25/9#disposicion-final-decimoprimera