Art. Disposición adicional sexta
Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional sexta

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En vigor desde 18 mar 2021
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley la consejería con competencias en materia de economía y empresa elaborará y someterá a la aprobación del Consejo de la Xunta de Galicia los primeros diez catálogos de iniciativas empresariales, priorizados en función de los sectores en que se aprecie una mayor demanda y necesidad de simplificación.
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