Título TÍTULO VI
Art. Disposición adicional séptima
96 / 117En vigor desde 1 ene 2024
El punto de contacto para la Unidad de Mercado en la Comunidad Autónoma será el centro directivo de la consejería con competencias en materia de economía y empresa que se determine en su decreto de estructura orgánica.
Se añade por el .21 de la Ley 10/2023, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-2777
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Proeli/es-ga/l/2021/02/25/9#disposicion-adicional-septima