Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 124
124 / 155En vigor desde 19 feb 2021
1. Los contratos de arrendamiento se adjudicarán por concurso público con carácter general, cuya convocatoria se publicará gratuitamente en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha», sin perjuicio de que puedan utilizarse otros medios de publicidad o difusión.
2. La adjudicación directa solo será posible cuando, previa justificación razonada, concurra alguno de los supuestos previstos en el artículo 87.2, o cuando las peculiaridades de la necesidad a satisfacer, las condiciones del mercado inmobiliario o la especial idoneidad del bien así lo hagan necesario o conveniente.
3. La adjudicación del arrendamiento se publicará en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha».
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Proeli/es-cm/l/2020/11/06/9#art-124