Art. Disposición final tercera
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 28 may 2019
La mediación para la protección infantil es un proceso colaborativo de resolución de problemas y discrepancias que involucra a una persona neutral e imparcial, el mediador o mediadora, que facilita la negociación constructiva y la comunicación entre los padres y madres o las personas que tengan atribuida la tutela de las personas menores de edad y los profesionales de protección a la infancia y la adolescencia, en un esfuerzo para llegar a un acuerdo sobre cómo resolver problemas cuando se valora que los niños, niñas o adolescentes se encuentran en una situación de desprotección.
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