Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final primera
283 / 291En vigor desde 28 may 2019
El Gobierno de las Illes Balears tiene que elaborar, aprobar y conveniar con las instituciones pertinentes el Plan de Implantación y Financiación del Sistema de Protección en Situaciones de Riesgo, que tiene que incluir la temporalización y los medios financieros para hacerlo efectivo y viable.
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Proeli/es-ib/l/2019/02/19/9#disposicion-final-primera