Título TÍTULO IV
Art. Disposición adicional cuarta
201 / 216En vigor desde 2 ene 2019
Los plazos establecidos en esta Ley se computarán conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio del régimen jurídico aplicable a los plazos relativos al ejercicio de acciones jurisdiccionales o cualesquiera actuaciones de carácter procesal, en que se estará a la legislación procesal que corresponda.
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Proeli/es-ex/l/2018/10/30/9#disposicion-adicional-cuarta