Título TÍTULO IV
Art. 192
192 / 216En vigor desde 2 ene 2019
Las sociedades cooperativas podrán asociarse libre y voluntariamente en uniones, federaciones y confederaciones de sociedades cooperativas para la defensa y promoción de sus intereses, sin perjuicio de poder acogerse a cualquier otra fórmula asociativa, de acuerdo con la legislación reguladora del derecho de asociación.
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Proeli/es-ex/l/2018/10/30/9#art-192