Art. 111
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IXSecc. Sección 4.ª Cesión global de activo y pasivo

Art. 111

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En vigor desde 2 ene 2019
1. El acuerdo de cesión global del activo y pasivo será adoptado por la asamblea general de la sociedad cedente, ajustándose estrictamente al proyecto de cesión global, con los requisitos establecidos para la adopción del acuerdo de fusión. 2. El acuerdo de cesión global se publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en la web corporativa o, cuando no exista, en un diario de gran circulación en la provincia del domicilio social y de los centros de trabajo, con expresión de la identidad del cesionario o cesionarios. En el anuncio se hará constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores.
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