Art. 11
Título TÍTULO I

Art. 11

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En vigor desde 12 ene 2019
Todos los anteproyectos de ley, disposiciones de carácter general y planes que se sometan a la aprobación del Gobierno de Cantabria y afecten a las personas con discapacidad, deberán incorporar un informe sobre impacto por razón de discapacidad que analice los posibles efectos negativos y positivos sobre las personas con discapacidad, y establezca medidas que desarrollen el derecho de igualdad de trato.
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eli/es-cb/l/2018/12/21/9#art-11