Art. 188
Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos§ Subsección 1.ª Efectos de los contratos

Art. 188

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En vigor desde 9 mar 2018
Los efectos de los contratos administrativos se regirán por las normas a que hace referencia el apartado 2 del artículo 25 y por los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, generales y particulares, o documento descriptivo que sustituya a éstos.
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