Art. Disposición adicional
Título TÍTULO III

Art. Disposición adicional

6 / 10
En vigor desde 21 jul 2017
La Agencia de Vivienda Social podrá establecer con entidades privadas y con entidades financieras convenios de colaboración para la gestión de vivienda protegida en régimen de alquiler.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-md/l/2017/07/03/9#disposicion-adicional