Art. Disposición transitoria octava
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición transitoria octava

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En vigor desde 11 may 2014
A la entrada en vigor de la presente Ley, se mantiene la inscripción de los datos que figuren en el Registro de operadores regulado en el artículo 7 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
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