Título TÍTULO VIII
Art. Disposición adicional tercera
87 / 127En vigor desde 11 may 2014
Las infraestructuras comunes de telecomunicaciones en el interior de los edificios se regulan por lo establecido en la presente Ley, por el real decreto-Ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación y sus desarrollos reglamentarios.
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Proeli/es/l/2014/05/09/9#disposicion-adicional-tercera