Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 20
20 / 35En vigor desde 1 ene 2015
La Generalitat Valenciana promoverá la investigación, documentación, conservación, restauración, recuperación, difusión y promoción del patrimonio cultural e histórico material e inmaterial de la Comunitat Valenciana.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2014/12/29/9#art-20