Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección primera. Medidas administrativas
Art. 35
35 / 66En vigor desde 6 nov 2014
1. En la documentación del expediente de elaboración de las disposiciones normativas de carácter sectorial con posibles repercusiones sensibles en las familias o en un grupo significativo de ellas, deberá figurar una referencia específica sobre el impacto familiar de la normativa en elaboración.
2. En la tramitación de las disposiciones generales que afecten especialmente a los derechos de las familias previstos en esta ley se dará audiencia a las entidades y asociaciones representativas para su participación.
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Proeli/es-ar/l/2014/10/23/9#art-35