Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VIII›Secc. Sección 3.ª Tasa por la expedición de títulos oficiales de enseñanzas artísticas superiores
Art. Disposición derogatoria segunda
477 / 483En vigor desde 2 dic 2012
Quedan derogadas cualesquiera otras disposiciones de igual o inferior rango a la presente ley en cuanto se opongan o contradigan lo establecido en la misma.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#disposicion-derogatoria-segunda