Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 17.ª Tasa por inscripción de entidades de servicios sociales en el registro de servicios sociales
Art. Artículos 316 a 319
345 / 483En vigor desde 31 may 2016
(Suprimidos)
Se suprimen por el .38 de la Ley 3/2016, de 5 de mayo. Ref. BOE-A-2016-6725
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#articulos-316-a-319