Art. 87
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.ª Tasa por prestación de los servicios técnicos de asesoramiento y evaluación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación

Art. 87

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En vigor desde 2 dic 2012
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios técnicos de asesoramiento y evaluación para el reconocimiento de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
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