Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Tasa por derechos de examen para la obtención de la habilitación como guía de turismo en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Art. 81
83 / 483En vigor desde 2 dic 2012
La tasa se exigirá de acuerdo con la siguiente tarifa:
Por la participación en cada convocatoria para la obtención de la habilitación como Guía de Turismo en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: 33,90 euros.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-81