Art. 42
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Tasa relativa a obras e instalaciones en zonas de dominio público y protección de las carreteras de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Art. 42

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En vigor desde 2 dic 2012
Están exentos de la tasa el Estado, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y las Entidades locales que formen parte de la misma, así como los organismos autónomos y las entidades públicas vinculadas o dependientes de los mismos.
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eli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-42