Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VIII›Secc. Sección 2.ª Tasa por la inscripción en las pruebas para la obtención de determinados títulos
Art. 419
460 / 483En vigor desde 2 dic 2012
Constituye el hecho imponible de la tasa la inscripción en las pruebas siguientes:
1. Pruebas para la obtención del titulo de bachiller para mayores de 20 años.
2. Pruebas para la obtención del título de educación secundaria obligatoria para mayores de 18 años.
3. Pruebas para la obtención directa de los títulos de técnico o técnica y de técnico o técnica superior en formación profesional.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-419