Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VII›Secc. Sección 1.ª Tasa por emisión de informe sobre el valor de bienes inmuebles que vayan a ser objeto de adquisición o transmisión
Art. 391
431 / 483En vigor desde 2 dic 2012
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la práctica de la actividad administrativa que integra su hecho imponible.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-391