Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 1.ª Tasa de espectáculos taurinos
Art. 350
386 / 483En vigor desde 26 sept 2017
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas, en función del tipo de espectáculo:
Tarifa 1. Espectáculos taurinos:
a) Becerradas, noveles y toreo cómico: 10,81 euros.
b) Festival sin picadores, novilladas sin picadores y nocturnas: 32,03 euros.
c) Festival con picadores y novilladas con picadores: 48,09 euros.
d) Rejoneo: 55,62 euros.
e) Corridas de toros: 64,09 euros.
Tarifa 2. Espectáculos taurinos populares:
a) Encierros de reses por el campo: 10,00 euros.
b) Encierros de reses por vías urbanas: 12,00 euros.
c) Suelta de reses sin concurso: 14,00 euros.
d) Suelta de reses con concurso: 16,00 euros.
e) Festejo tradicional singular: 14,00 euros.
Se añade la letra e) a la Tarifa 2 por el .2 de la Ley 3/2017, de 1 de septiembre. Ref. BOE-A-2017-11784#a1-2
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-350