Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 17.ª Tasa por inscripción de entidades de servicios sociales en el registro de servicios sociales
Art. 317
Derogado346 / 483En vigor desde 2 dic 2012
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten la inscripción en el Registro de Servicios Sociales.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-317