Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 11.ª Tasa por la emisión del certificado de acreditación de actividades de formación continuada
Art. 294
317 / 483En vigor desde 2 dic 2012
La tasa se exigirá según la siguiente tarifa: 65,27 euros por la emisión del certificado.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-294