Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 6.ª Tasa por emisión de informes que no requieren visita de inspección
Art. 268
291 / 483En vigor desde 2 dic 2012
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten la emisión de un informe que no precise visita de inspección para su emisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-268