Art. 259
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 4.ª Tasas por diligencia y sellado de libros y autorizaciones de nombramientos de profesionales

Art. 259

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En vigor desde 2 dic 2012
Constituye el hecho imponible de la tasa la realización por los órganos administrativos competentes de la diligencia y sellado de libros y de autorizaciones de nombramiento de profesionales.
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