Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 1.ª Tasa por autorizaciones administrativas de centros, servicios y establecimientos sanitarios
Art. 248
271 / 483En vigor desde 2 dic 2012
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten las autorizaciones administrativas de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-248