Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 29.ª Tasa por modificación sustancial de autorización de instalación potencialmente contaminadora de la atmósfera
Art. 208
225 / 483En vigor desde 31 may 2016
Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación por los órganos administrativos competentes, de la modificación sustancial de la autorización solicitada por el titular de instalación potencialmente contaminadora de la atmósfera.
Se modifica por el .23 de la Ley 3/2016, de 5 de mayo. Ref. BOE-A-2016-6725
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-208