Art. 205
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 28.ª Tasa por autorización de instalación potencialmente contaminadora de la atmósfera

Art. 205

221 / 483
En vigor desde 2 dic 2012
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten la autorización de instalación potencialmente contaminadora de la atmósfera.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-205