Art. 182
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 22.ª Tasa por evaluación de impacto ambiental de proyectos incluidos en los anexos I de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha y de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental

Art. 182

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En vigor desde 2 dic 2012
La tasa se devenga en el momento en que se presta el servicio o se ejecuta la actuación, pero puede ser exigida la justificación del ingreso en el momento de la presentación de la solicitud.
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eli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-182