Art. 129
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 9.ª Tasa por autorización ambiental integrada

Art. 129

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En vigor desde 2 dic 2012
La tasa se exigirá de acuerdo con la siguiente tarifa: 500,00 euros por solicitud.
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eli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-129