Capítulo CAPÍTULO IX
Art. Disposición adicional segunda
76 / 125En vigor desde 15 nov 2012
Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 52.3 de esta Ley, el Tesoro Público podrá solicitar al FROB el ingreso anticipado de cualquier recurso generado a lo largo del ejercicio anual.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2012/11/14/9#disposicion-adicional-segunda